Con ocasión de la celebración el próximo sábado 25 de noviembre del DIA INTERNACIONAL DE ELIMINACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES, Izquierda Unida de Hoyo de Manzanares ha presentado para su aprobación en el Pleno ordinario del jueves 30 de este mismo mes, dos mociones encaminadas a que el Ayuntamiento de Hoyo y todas laas Administraciones públicas, tengan como una de sus políticas prioritarias la lucha contra esta lacra que es la VIOLENCIA MACHISTA Y que se ha cobrado en lo que va de año la vida de 49 mujeres y 13 niños y niñas, en asesinatos machistas que pueden ser calificados como actos terroristas contra la mitad de la población.
Hoyo de Manzanares, un municipio libre de
publicidad que atente a la dignidad de la mujer
La publicidad, como medio de transmisión de valores
sociales y culturales, tiene un enorme poder, bien sea para perpetuarlos o para
modificarlos, de ahí la importancia de que las Administraciones Públicas
establezcan medidas para garantizar la dignidad de la mujer en todos los
ámbitos y específicamente en éste.
El sexismo es uno de
los valores dominantes en nuestra sociedad, y muchos mensajes se configuran en
estereotipos con imágenes que evocan una
promesa de placer, relacionando esas emociones con el producto que ofrece el
mercado; pero también existen mensajes que tienen que ver con la ideología, con
los sistemas de valores sociales tales como la
subordinación de la mujer en la sociedad patriarcal, de la progresiva
aceptación de niveles de violencia sexual, de masculinidad asociada a fuerza, y
feminidad asociada a pasividad, del mito del amor romántico o de la
cosificación de la mujer y de la hiper-sexualización.
A raíz de la Primera Conferencia Mundial sobre Mujeres en
1975, se comenzó a centrar la mirada en la representación de las mujeres en los
medios de comunicación y en la publicidad, y en 1984 el Comité de Ministros del
Consejo de Europa publicó una Recomendación dirigida a los Estados miembros
para que se cerciorasen del cumplimiento de los principios de publicidad, entre
los que se encuentra el respeto de la dignidad e igualdad de todos los seres
humanos.
Desde entonces, en nuestro país se ha desarrollado el
siguiente marco jurídico:
Ley 34/88, de 11
de noviembre, General de Publicidad.
Artículo 3º. Declara ilícita la publicidad que
“presente a las mujeres de forma vejatoria,
bien utilizando particular y directamente su cuerpo o partes del mismo como
mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar, bien su
imagen asociada a comportamientos estereotipados que vulneren los fundamentos
de nuestro ordenamiento coadyuvando a generar la violencia a que se refiere la
LeyOrgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral
contra la Violencia de Género.”
Artículo 6º. Legitima, entre otras entidades, al Instituto de la Mujer y para la
Igualdad de Oportunidades y a la Delegación del Gobierno para la Violencia de
Género para actuar frente a la publicidad ilícita por sexista.
Ley Orgánica
3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.
Artículo 41º. Considera ilícita la publicidad que comporte conducta discriminatoria
de acuerdo con esta ley.
Ley 7/2010, de 31
de marzo, General de la Comunicación Audiovisual.
Artículo 4.2. Establece que “la comunicación audiovisual nunca podrá incitar al odio o a la
discriminación por razón de género o cualquier circunstancia personal o social
y debe ser respetuosa con la dignidad humana y los valores constitucionales,
con especial atención a la erradicación
de conductas favorecedoras de situaciones de desigualdad de las mujeres“.
Artículo 18.1. Establece que “está prohibida toda comunicación comercial que vulnere la
dignidad humana o fomente la discriminación por razón de sexo, raza u origen
étnico, nacionalidad, religión o creencia, discapacidad, edad u orientación
sexual. Igualmente está prohibida
toda publicidad que utilice la imagen de la mujer con carácter vejatorio o
discriminatorio”
El Observatorio para la Imagen de las Mujeres del Instituto
de la Mujer, perteneciente al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e
Igualdad, publicó en 2012 los criterios para determinar el sexismo en los contenidos
publicitarios, que recogemos en esta propuesta.
1. Frivolizar o justificar comportamientos
o actitudes que coadyuven a la violencia de género. Situar a las mujeres en
posiciones de subordinación o inferioridad, con menores capacidades o no aptas
para asumir responsabilidades.
2. Menospreciar o ridiculizar las
actividades o valores atribuidos a las mujeres, o contraponer la superioridad
de los masculinos.
3. Ridiculizar, infravalorar o presentar de
forma vejatoria a las mujeres en cualquier clase de actividad profesional.
4. Utilizar
el cuerpo femenino como un reclamo o un objeto sexual, pasivo y al servicio de
la sexualidad del hombre.
5. Fomentar un modelo de belleza femenino
basado en la juventud, delgadez o perfección corporal, de acuerdo a cánones
poco reales, y que puedan proponer comportamientos lesivos para la salud de las
mujeres o asociarse a su éxito personal y social.
6. Asignar a las mujeres las
responsabilidades del hogar y los cuidados, excluyendo o asignando un plano
secundario a los hombres.
7. Atribuir capacidades, según el sexo,
para el ejercicio de diferentes profesiones o categorías profesionales,
sugiriendo falta de aptitud de mujeres u hombres para alguna de ellas.
8. Reflejar opciones o actividades sociales
como adecuadas para hombres o para mujeres. Con especial atención a la infancia
y la publicidad de juguetes.
9. Recurrir a un lenguaje que excluya a las
mujeres, específicamente cuando hay contradicción entre la imagen y el texto en
el género aludido.
El Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, en su
interés de contribuir a la defensa de los derechos de las mujeres, considera
necesario, incidir en materia de igualdad de género y publicidad no sexista con
el fin de evitar cualquier mensaje publicitario que atente contra la dignidad
de la mujer en nuestro municipio.
Por todo ello, de acuerdo con el
Artículo 82.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se
aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales la adopción del siguiente acuerdo:
ACUERDO:
1. Promover, estudiar y acordar cuantas
acciones sean necesarias con el fin de erradicar cualquier publicidad
denigrante ante la mujer en nuestro municipio.
2. Solicitar la inclusión de criterios de
igualdad de género en las Ordenanzas Municipales con especial hincapié en todo lo relacionado con la publicidad
exterior del municipio.
3. Manifestar nuestro más firme rechazo a
cualquier mensaje discriminatorio y que atente a la dignidad de la mujer.
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25 DE NOVIEMBRE 2017
DÍA INTERNACIONAL CONTRA LA VIOLENCIA
HACIA LAS MUJERES
El movimiento feminista y las organizaciones de mujeres han
venido demandando desde siempre que la violencia de género, no sólo sea una
prioridad política a nivel de Estado, sino que además ésta se encare desde
todas sus formas de manifestación. Cuando decimos que la violencia de género es
una lacra que atraviesa la sociedad en todas sus estructuras, estamos
expresando que la violencia machista no se erradica únicamente a través de
medidas que se limiten a encarar la violencia en el ámbito de las relaciones de
pareja/expareja, sino de forma verdaderamente integral, haciendo frente a unas
estructuras patriarcales arraigadas aún en la Sociedad.
Y para ello es fundamental hacer políticas de prevención,
sensibilización y detección, que englobe la violencia contra las mujeres de
forma integral, que partan del origen estructural de la violencia y que sean
capaces de detectar las diferentes formas de expresión de la violencia
machista.
La violencia machista que perpetra cientos de asesinatos de
mujeres, es la expresión violenta más detectable; y frente a ello tenemos que
manifestar con nitidez, que es responsabilidad de la sociedad en su conjunto,
haciendo hincapié en que si no se encara la violencia patriarcal en todas sus
vertientes, los asesinatos seguirán produciéndose. Tenemos que concienciarnos
de que si esto ocurre es porque la violencia patriarcal recorre toda la
sociedad y debemos ponerle freno de inmediato, a todas y cada las formas en las
que se expresa esa violencia.
No podemos consentir que en el siglo XXI, existan esclavas
traficadas para consumo sexual de los hombres. La prostitución es una forma
legitimadora de la violencia machista, pues el género masculino alquila el uso
del cuerpo de mujeres y niñas, por precio, dando con ello legitimación a la
consideración de la mujer como un ser inferior susceptible de ser usado y
comprado.
La brecha salarial existente entre mujeres y hombres en
trabajos de igual valor, es la fórmula que el Estado opresor tiene de
manifestar que para él seguimos siendo ciudadanas de segunda clase y la manera
de contrarrestar nuestra salida al espacio laboral condicionando nuestra
autonomía económica para mantenernos subordinadas.
Las agresiones sexuales, en algunos casos, han pasado de
ser actos criminales individuales a formas grupales cada vez más presentes en
nuestras fiestas y otros acontecimientos masivos.
La notoria expansión que está adquiriendo la demanda de
alquiler de los vientres de mujeres, no lo olvidemos mujeres pobres, no sólo
tiene un significado ostentoso de diferencia de clase y xenófobo, sino también
de que el patriarcado, cada vez con menos escrúpulos, pretende mercadear
legalmente con nuestros cuerpos, valiéndose de la necesidad y amparándose en la
desigualdad.
El Pacto de Estado contra la violencia, por desgracia, ha
defraudado las expectativas que gran número de colectivos y organizaciones de
mujeres tenían puestas en su elaboración. Ha sido sólo una puesta en escena,
con medidas, que en demasiadas ocasiones, son recopilación de las que ya están
recogidas en normativas previas y vigentes. No existen compromisos temporales,
ni presupuestos desglosados que permita conocer su destino, ni garantías de
implementación y, por supuesto deja fuera otra vez la totalidad de las formas
de violencias que son realizadas por agresores que no tienen o han tenido una
relación de pareja con la mujer.
Si no damos el paso hacia una Ley marco contra la violencia
Machista, contra la violencia Patriarcal, seguiremos limitando la violencia de
género a delitos cometidos en el ámbito doméstico, y de forma residual delitos
sexuales cometidos en el ámbito también público y delitos transnacionales
ligados a las mafias que tienen por objeto la Trata de mujeres y niñas con
fines de explotación sexual. Pero eso ya son delitos.
La violencia de género se muestra en todas las estructuras
sociales por eso el Gobierno/ los Gobiernos no pueden seguir arrinconando la
violencia al ámbito de lo privado y de las relaciones, porque la violencia
machista es una violencia social que se expresa de forma individual y
colectiva; y, por tanto, no se pueden dar respuestas únicamente desde el ámbito
penal, sino fundamentalmente en el de la prevención y la educación.
Por todo ello es necesaria una Ley contra la Violencia
Machista/Violencia Patriarcal que de forma integral incorpore todo tipo de
violencia contra las mujeres; ya se realice de forma física, psicológica,
económica, sexual,…; y cualquiera que sea su ámbito de manifestación: familiar,
pareja/relación, laboral, social, institucional,…; en la que debe incluirse
específicamente actuaciones dirigidas a situaciones de especial vulnerabilidad.
El ámbito municipal, más cercano a la ciudadanía, es el
marco idóneo para implantar medidas, que sin rebasar los ámbitos
competenciales, pueden incidir de manera decisiva en la vida las mujeres y dar
un mensaje claro y contundente contra la violencia de género.
Por todo ello, de acuerdo con el Artículo 82.3 del Real Decreto
2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales la
adopción del siguiente acuerdo:
ACUERDO:
El Pleno de Hoyo de Manzanares se comprometa:
·
A
realizar una Declaración “Municipio
contra de la violencia machista”, que es una primera medida del rechazo
frontal hacia esa lacra social. Evidentemente dicha declaración no puede
quedarse en una declaración formal, debe tener una dimensión real y cuantificable
que se concrete en propuestas adecuadamente presupuestadas.
·
A
reforzar los recursos económicos y humanos destinados al desarrollo de
políticas de igualdad activas, integrales y participativas, por la consecución
de una sociedad libre de violencia de género, poniendo especial atención a
mujeres en situación de especial vulnerabilidad. Asimismo, a que haga efectivo
el compromiso político que se anunció junto con el Pacto de Estado y que
preveía la transferencia de 100 millones de euros a los Ayuntamientos para el
desarrollo de estas políticas públicas.
·
A implantar un Plan por la igualdad y
contra la violencia de género específico de Hoyo de Manzanares, consensuado con el movimiento
feminista y de mujeres, que tenga como objetivo el desarrollo de las medidas
contempladas presupuestariamente y que sea evaluable anualmente.
·
A que
este Ayuntamiento instale Puntos Violeta en los actos y eventos multitudinarios
que se celebren en Hoyo de Manzanares, incluidas las fiestas patronales,
acordando su instalación con el promotor de la iniciativa en caso de que esta
no sea municipal.
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